martes, 8 de junio de 2010

Trabajo Practico . Nº 8- DEFINICIÓN DE DELITOS INFORMÁTICOS

1. Sabotaje informático: El término sabotaje informático comprende todas aquellas conductas dirigidas a causar daños en el hardware o en el software de un sistema. Los métodos utilizados para causar destrozos en los sistemas informáticos son de índole muy variada y han ido evolucionando hacia técnicas cada vez más sofisticadas y de difícil detección. Básicamente, se puede diferenciar dos grupos de casos: por un lado, las conductas dirigidas a causar destrozos físicos y, por el otro, los métodos dirigidos a causar daños lógicos.2. Fraude informático: es inducir a otro a hacer o a restringirse en hacer alguna cosa de lo cual el criminal obtendra un beneficio, el fraude informático incluye la utilización de sistemas de computadoras para robar bancos, realizar extorsiones o robar información.3. Uso ilegítimo de sistemas informáticos ajenos: consiste en la utilización sin autorización de los ordenadores y los programas de un sistema informático ajeno. Este tipo de conductas es comúnmente cometida por empleados de los sistemas de procesamiento de datos que utilizan los sistemas de las empresas para fines privados y actividades complementarias a su trabajo.4. Copia ilegal del software: apoderamiento de algún software (programa) que tiene un valor económico5. Espionaje informático: es el hecho de obtener datos en forma ilegítima de un sistema informático6. Delitos informáticos contra la privacidad: Grupo de conductas que de alguna manera pueden afectar la esfera de privacidad del ciudadano mediante la acumulación, archivo y divulgación indebida de datos contenidos en sistemas informáticos. Esta tipificación se refiere a quién, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado.7. Delitos de falsificación de documentos informáticos: la falsificación y adulteración de microformas, microduplicados y microcopias sea durante el proceso de grabación o en cualquier otro momento, se reprime como delito contra la fe pública,8. Pornografía infantil: toda representación de menores de edad de cualquier sexo en conductas sexualmente explícitas. Puede tratarse de representaciones visuales, descriptivas (por ejemplo en ficción) o incluso sonoras9. Estafas electrónicas: La proliferación de las compras telemáticas permite que aumenten también los casos de estafa. Se trataría en este caso de una dinámica comisiva que cumpliría todos los requisitos del delito de estafa, ya que además del engaño y el "animus defraudandi" existiría un engaño a la persona que compra. No obstante seguiría existiendo una laguna legal en aquellos países cuya legislación no prevea los casos en los que la operación se hace engañando al ordenador.10. Terrorismo virtual: atacan masivamente el sistema de ordenadores de una empresa, compañía, centro de estudios, oficinas oficiales, etc. La difusión de noticias falsas en Internet (por ejemplo decir que va a explotar una bomba en el Metro), es considerado terrorismo informático y es procesable.

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